Emiten resolución prohíbe el porte de armas en diciembre

Franklin Almeyda dio a conocer ayer la resolución 01-08.

SANTO DOMINGO.- El secretario de Interior y Policía, doctor Franklin Almeyda, advirtió ayer que revocarán de manera definitiva la licencia de porte de armas de fuego a las personas de la sociedad civil que durante diciembre violen la resolución que prohíbe en ese mes el porte de armas de fuego.

Dijo que las personas que resulten sancionadas con la revocación de su licencia se les establecerá en su carné una falta de acumulación para revocar de forma permanente su licencia de tenencia, en caso de acumular hasta tres faltas por situaciones anteriores.

Interior y Policía emitió la resolución 01-08, que prohíbe a la población civil el porte de armas de fuego durante diciembre.

Almeyda sostuvo que las personas que porten armas y no posean el permiso correspondiente serán sometidas ante los tribunales por porte ilegal, para que se les apliquen las sanciones establecidas en el capítulo 5, artículo 39 y siguiente de la Ley 36 sobre Porte y Tenencia de Armas.

Sin embargo, aclaró que la suspensión no incluye la tenencia, “por lo que toda persona con su licencia al día, al trasladar el arma de su hogar a su negocio u oficina, o viceversa, deberá colocarla en el porta guante del vehículo o en un maletín o bolso sin tenerla dispuesta para el uso”.

La resolución se emitió luego de un estudio que solicitó Interior y Policía a la firma encuestadora Gallup destinado a conocer la opinión de la población sobre la campaña “Sacar en diciembre las armas de las calles”.

La cartera refiere que el 73.4% de los ciudadanos consultados aprueba la solicitud y el 80.6% favorece que solo las autoridades civiles y militares en servicio, guardianes privados, transportistas de valores y agentes de seguridad privados, porten armas el próximo mes de diciembre.

Explicó que en las anteriores disposiciones no se incluye a personalidades en riesgos, cuya protección está expresadamente establecida y/o se hacen acompañar de miembros de las instituciones uniformadas con identificación y capacidad para el porte de armas de fuego, ni a los miembros de la Policía en servicio.

fuente:listindiario.com


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