MAS DIPUTADOS, INCREIBLE!!!! Reforma sube los diputados a 190

La Asamblea Revisora aprobó elevar de 178 a 190 el número de diputados y rechazaron rendir cuentas, cada año. Además, asignaron al Senado la escogencia de los miembros de la Cámara de Cuentas de ternas presentadas por los diputados.

En la sesión de ayer, que inició pasadas las 3:00 p.m., se conoció el reglamento que regirá en la nueva Constitución las atribuciones y facultades del Congreso Nacional.

Los asambleístas aprobaron el artículo 69 que establece en su primer numeral que la Cámara Baja estará compuesta por “178 diputados, elegidos por circunscripción electoral, distribuidos en proporción de su densidad poblacional, sin que en ningún caso sean menos de 2 por provincia”.

El mismo artículo le otorga 5 diputados a organizaciones políticas que hayan participado en alianza con partidos mayoritarios y no hayan obtenido escaños, pero si estos alcanzan una votación no menor del 1%.

Además, se aprobó en primera lectura elegir 7 diputados que representarán a los dominicanos en el exterior, permitiendo a la Ley la forma en que determinará su elección y distribución, que con los 5 anteriores eleva a 190 el número de diputados, que actualmente es de 178.

El presidente Leonel Fernández y el presidente escogido por el Partido Revolucionario Dominicano, Miguel Vargas, habían acordado que la matrícula de los diputados permanecería congelada en 178.

Los asambleístas aprobaron también el artículo 68, que otorga al Senado la atribución de elegir a los miembros de la Cámara de Cuentas, de ternas presentadas por la Cámara de Diputados “con el voto de la dos terceras partes de los senadores presentes”.

De acuerdo con la Constitución vigente, los miembros de la Cámara de Cuentas son escogidos por el Senado de ternas presentadas por el Poder Ejecutivo.

El artículo 68, que trata sobre las facultades del Senado, establece también que las declaraciones de culpabilidad que establezca esa cámara contra un funcionario público, deja al acusado destituido de su cargo, y no podrá desempeñar función estatal durante cinco años.

Rechazan rendir cuentas cada año

Los asambleístas rechazaron ayer un nuevo artículo que establece que los legisladores deben rendir cada año un informe a los electores de las comunidades a las que pertenezcan, en las condiciones establecidas en la nueva Carta Magna.

El Senado también tendrá la faculta de autorizar, a solicitud del Presidente de la República, el tránsito de tropas extranjeras por territorio dominicano, así como aprobar o desaprobar el envío de tropas dominicanas al exterior y establecer el tiempo.

Otro de los artículos aprobados con modificación fue el 71, que instituye en su numeral 1, que la Cámara de Diputados podrá formular acusación contra funcionarios públicos, con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes; pero que cuando se trate del Presidente y Vicepresidente de la República se requerirá el voto favorable de las tres cuartas partes de la matrícula.

Otros aspectos de la sesión de ayer

La decisión de que se requiera las tres cuartas partes de la matrícula de los diputados para una acusación contra el Presidente o el Vicepresidente de la República fue criticada por los asambleístas Eugenio Cedeño y Pelegrín Castillo, quienes entienden que esa votación hace así imposible formular acusación contra el jefe de Estado.

Se sancionó además un nuevo artículo que establece que los presidentes de las cámaras legislativas deberán convocar a sus plenos el primer martes de agosto de cada año, para rendirle un informe sobre las actividades realizadas durante el período precedente, respecto a las actividades legislativas, administrativas y financieras.

Algunos numerales quedaron pendientes de conocimiento para la sesión del próximo martes, sobre facultades del Senado.

El Defensor del pueblo

Los asambleístas sancionaron la iniciativa que faculta a la Cámara Alta a elegir al Defensor del Pueblo, nueva figura en la legislación dominicana, a través de ternas que presentará la Cámara de Diputados.

Además, la de escoger a los miembros de la Junta Central Electoral, con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes.

Los asambleístas también aprobaron la Sección IV, de las atribuciones del Congreso Nacional, su artículo 80 con sus 21 numerales modificados.

El mismo incluye establecer los impuestos o contribuciones generales.

Fuente:elcaribe.com.do

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